El proyecto presentado por el legislador nacional del FpV, Alberto Ciampini, dice que “la Asignación por Estudios Superiores consiste en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, para cada joven que al finalizar sus estudios secundarios y que al cumplir 18 años deje de percibir la Asignación Universal por Hijo, ingrese a estudios de nivel superior universitario o terciario en Universidades Nacionales públicas o Institutos de Educación Superior públicos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Alberto Ciampini, “estimó que podrán acceder a este beneficio casi 300.000 jóvenes. Esta cifra se calcula en relación al porcentaje de beneficiarios de esta franja etaria que cumplan con los requisitos para acceder a este beneficio. El monto del beneficio será el equivalente al percibido por la Asignación Universal por Hijo y a medida que esta se actualiza, automáticamente se actualiza la Asignación por Estudios Superiores”.
De esta manera, la política pública de la Asignación Universal por Hijo, el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, el Plan FinEs, el fuerte apoyo presupuestario a las Universidades Nacionales y este proyecto de Ley de Asignación por Estudios Superiores buscan generar las condiciones para la continuidad necesaria de los estudios en jóvenes que desean acceder a este derecho. “Nosotros seguimos ampliando la barrera de los derechos, trabajos para seguir promoviendo la inclusión. En Chile, por ejemplo, los estudiantes marchan por una educación pública, gratuita y de calidad. En cambio, nosotros seguimos ampliando una base de derechos para garantizar el acceso a la educación”.
“Uno de los objetivo de este proyecto de ley es garantizar y promover el acceso a la educación superior a un sector social de la juventud, que por causas de índole económica, social y cultural no tienen igualdad de oportunidades para acceder a ese nivel educativo. De esta forma se constituye en una política de Estado que dé continuidad a la Asignación Universal por Hijo”, desarrolló Ciampini.
En uno de los articulados del proyecto dice que “la autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación de la Nación, el que debe coordinar su accionar con las instituciones educativas, otros organismos del Estado Nacional y las jurisdicciones locales”.