Hay 76 niños en condiciones de ser adoptados

De ellos, 54 están alojados en hogares y familias de acogimiento de la ciudad, y 22 en guarda conferida.

Pablo Montanaro
montanarop@lmneuquen.com.ar
Neuquén
De los 140 niños que se encuentran alojados en hogares y en familias de acogimiento de la ciudad de Neuquén, 76 están en estado de adoptabilidad, de acuerdo con los datos elaborados por el Registro Único de Adopción (RUA) en función de las estadísticas del Ministerio de Desarrollo Social tomadas de los cuatro juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia.
Del total de niños institucionalizados, 57 están en los siete hogares con asiento en esta ciudad, lo que representa el 41%, y 83 en familias de acogimiento (59%). En tanto, 22 se encuentran en guarda conferida, un paso previo a la adopción definitiva.
Gisela Maxwell, directora del RUA, explicó que estos chicos están institucionalizados por disposición de los jueces con opinión de la Defensoría de la Niñez, “lo que no quiere decir que todos ellos estén en situación para darlos en adopción”. Comentó que en algunos casos se intenta que regresen con su familia biológica, “y para ello se apuntala todo lo relacionado con el rol materno y paterno y en la ayuda social que la familia pueda requerir”.
Maxwell explicó que algunos de los chicos alojados en hogares o familias alternativas mantienen contacto fluido con su familia biológica, “por lo que no se descarta que en algún momento puedan volver con su familia de origen”.
La cantidad de niños que permanecen en familias de acogimiento y en hogares en “incidente de adoptabilidad” alcanza un total de 54; con vinculación con familia biológica, 57; en guarda conferida, 22; en proceso en trámite, 17; y en proceso con presentación de madre o padre, 9.
La titular del RUA aclaró que un niño puede tener más de un estado. Para que se viabilice la adopción, la defensora del niño debe iniciar lo que se denomina un incidente de adoptabilidad. Una vez que el juez notifica a los padres, otorga la guarda a una familia que ya se propone como familia adoptante. El Código Civil establece que, antes de dictaminar una adopción, el juez debe dictar una guarda preadoptiva que debe ser de al menos 6 meses.