La nueva norma de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial. También deberán consignar la expresión `archivo´ cuando se trate de noticias o imágenes registradas con anterioridad al día de su emisión" y se aclara que "no quedan comprendidos los programas de ficción".
Se especifica que "cuando se trate de noticias o imágenes que sean transmitidas desde el lugar y en el momento de los hechos, deberán consignar de modo claro y legible el lugar donde acaecen los mismos y la expresión `en vivo´ o `vivo´".
En tanto, "cuando se trate de noticias o imágenes registradas el mismo día de su emisión pero que no fueran emitidas en vivo deberán consignar la expresión `hoy´, la hora y el lugar en que acontecieron".
Entre los considerandos, la norma destaca el artículo 42 de la Constitución Nacional, que dispone que "los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de
elección, y a condiciones de trato equitativo y digno".
Asimismo señala que la Corte Interamericana reconoce la "manipulación informativa que puede existir en los medios de comunicación y los insta a evitarlas" y se remarca que es necesario "brindar a los usuarios de los servicios de comunicación
audiovisual, los elementos necesarios para hacer efectivo el acceso a la información".
Según explicó el titular del AFSCA, Martín Sabbatella, "la imprecisión sobre dónde ocurre determinado hecho y si ya pasó o si está pasando en el momento en que es trasmitido resulta especialmente grave en el tratamiento de hechos de violencia, manifestaciones, tragedias o problemas en el espacio público,
porque afecta el derecho a la información e impacta directamente en la vida de los usuarios y usuarias de esos medios".
- Martes, 17 de Diciembre de 2013 08:43