Pasará a ser de $233 mensuales en el caso de jornadas laborales que superen las 16 horas semanales, según resolvió la Administración Federal de ingresos Públicos.
La Administración Federal de ingresos Públicos (AFIP) actualizó hoy el valor de los aportes que deben realizar los empleadores de personal de casas particulares con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales, que pasará a ser de $233 mensuales en el caso de jornadas laborales que superen las 16 horas semanales.
Ese valor corresponde a la cotización con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y es el mismo para el aporte orientado al Régimen Nacional de Obras Sociales, según la resolución 3.653 del organismo publicada en el Boletín Oficial.
La norma recuerda la vigencia del Régimen Especial de Seguridad Social para Pequeños Contribuyentes, mediante el cual los sujetos adheridos ingresan las cotizaciones fijas para el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Obras Sociales.
Señala además que la AFIP está facultada a modificar los aportes al sistema jubilatorio "en una proporción que no podrá superar el índice de movilidad de las prestaciones previsionales".
La actualización de las cotizaciones, explica la resolución firmada por Ricardo Echegaray, responde a la necesidad de "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas, en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el gobierno nacional".
Ese valor corresponde a la cotización con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y es el mismo para el aporte orientado al Régimen Nacional de Obras Sociales, según la resolución 3.653 del organismo publicada en el Boletín Oficial.
La norma recuerda la vigencia del Régimen Especial de Seguridad Social para Pequeños Contribuyentes, mediante el cual los sujetos adheridos ingresan las cotizaciones fijas para el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Obras Sociales.
Señala además que la AFIP está facultada a modificar los aportes al sistema jubilatorio "en una proporción que no podrá superar el índice de movilidad de las prestaciones previsionales".
La actualización de las cotizaciones, explica la resolución firmada por Ricardo Echegaray, responde a la necesidad de "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas, en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el gobierno nacional".