6 mayo 2014, 11: 02
Un poco de interna judicial, mucho de aclaración necesaria. Insistimos con un punto: la reforma procesal necesita más voceros.
El colega Alejandro Lillo habló con la jueza Ana Malvido, puesta intencionadamente en el foco de una polémica más aparente que real por la liberación de un hombre acusado de un supuesto abuso sexual. Hablamos bastante del tema aquí.
Malvido dijo claramente que las repercusiones del caso“fueron por una estrategia mediática de una de las partes”, en alusión directa a la fiscalía.
“Yo no puedo defender mi propia resolución”, agregó, “pero lo que se debe tener en claro, y que en esta estrategia mediatica no se aclara, es que los jueces resolvemos conforme a las pruebas”.
“En este nuevo Código Procesal el juez solo se expide si le prueban los peligros procesales cuando se pide una cautelar”, como es la prisión preventiva.
Aclaró que “los jueces no estamos en una nube dogmática, padecemos la inseguridad como ciudadanos, todos estamos inmersos en lo mismo. Pero como juez debemos tener una actitud equidistante de las partes y tenemos que resolver según lo que acrediten las partes”.
“La fiscalía tiene que demostrar lo que exige no el juez sino la ley. En este caso no hay prueba, no puedo detener a nadie”, agregó, y volvió sobre el papel de la fiscalía:
“Los jueces aplicamos el derecho, estamos mirando la realidad, pero en un proceso penal tenemos que actuar conforme a la ley, y la ley nos exige prueba, y la fiscalia omitió hacerlo”.
Fuente: Fuera del expediente
El colega Alejandro Lillo habló con la jueza Ana Malvido, puesta intencionadamente en el foco de una polémica más aparente que real por la liberación de un hombre acusado de un supuesto abuso sexual. Hablamos bastante del tema aquí.
Malvido dijo claramente que las repercusiones del caso“fueron por una estrategia mediática de una de las partes”, en alusión directa a la fiscalía.
“Yo no puedo defender mi propia resolución”, agregó, “pero lo que se debe tener en claro, y que en esta estrategia mediatica no se aclara, es que los jueces resolvemos conforme a las pruebas”.
“En este nuevo Código Procesal el juez solo se expide si le prueban los peligros procesales cuando se pide una cautelar”, como es la prisión preventiva.
Aclaró que “los jueces no estamos en una nube dogmática, padecemos la inseguridad como ciudadanos, todos estamos inmersos en lo mismo. Pero como juez debemos tener una actitud equidistante de las partes y tenemos que resolver según lo que acrediten las partes”.
“La fiscalía tiene que demostrar lo que exige no el juez sino la ley. En este caso no hay prueba, no puedo detener a nadie”, agregó, y volvió sobre el papel de la fiscalía:
“Los jueces aplicamos el derecho, estamos mirando la realidad, pero en un proceso penal tenemos que actuar conforme a la ley, y la ley nos exige prueba, y la fiscalia omitió hacerlo”.
Fuente: Fuera del expediente