Adiós a una vieja y querida práctica: prohíben acumular días de vacaciones en el Poder Judicial de Neuquén

Desde este año, quienes trabajen en la feria de verano tendrán plazo para tomarse los días compensatorios hasta junio, y hasta noviembre en el caso de la feria de invierno. En ningún caso se pagarán los días no gozados. Así lo resolvió el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén mediante acordada.
El tema se venía conversando desde el año pasado y tuvo el último empujón cuando trascendió que el ex fiscal del Tribunal se fue a la casa con 350.000 pesos en concepto de licencias acumuladas. No fue el único y, como dijo cuando lo consultaron por el tema, “yo no lo pedí, es algo que hace el Tribunal de oficio”.
Modificación parcial Lo que hizo el Tribunal fue modificar parcialmente el reglamento de licencias y derogar un punto de un antiguo acuerdo del 13 de noviembre de 1996. A partir de este año habrá plazo hasta el 30 de junio para tomar vacaciones en compensación por la feria de enero (en caso de que se haya trabajado) y hasta el 30 de noviembre para la feria de invierno.
“En los supuestos que existieran razones que lo impidan, el personal dispondrá de un plazo de dos años para solicitar y agotar la misma”, dice la nueva redacción del reglamento. También prevé que las licencias pendientes al 31 de diciembre de 2012 “deberán ser solicitadas y se otorgarán comenzando por la más antigua, debiendo usufructuarse previo a ello, las licencias pendientes de compensación del año en curso”. Expresamente se dispuso que “al extinguirse el vínculo laboral con el Poder Judicial en ningún caso procederá el pago de licencias no gozadas, cualquiera sea el motivo en que se funde dicho cese. Por tal razón, el personal que al momento de renunciar cuente con ferias pendientes deberá precaverse de hacer uso previo de las mismas, perdiendo todo derecho a su compensación por dinero”.
La modificación se hizo persiguiendo dos objetivos. El más claro: “que no se genere la expectativa de cobro de una suma de dinero que en definitiva no compensa el descanso no gozado”. Y de paso: “que se utilice con fines de descanso la feria judicial” porque “no hacerlo repercute negativamentre en la salud psicofísica de quienes no hacen uso del descanso previsto reglamentariamente. (Las vacaciones son) el descanso reparador indispensable para el correcto funcionamiento y desarrollo del ser humano”.
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